GARANTÍA
Productos Motomel
Productos Motomel
La duración de la cobertura será la siguiente:
Unidades MOTOMEL vendidas hasta el 31/12/2025:
Cuentan con una garantía de 6 meses o 6.000 km, lo que ocurra primero, a partir de la fecha de entrega de la unidad.
Unidades MOTOMEL vendidas a partir del 01/01/2026:
Cuentan con una garantía de 12 meses o 12.000 km, lo que ocurra primero, a partir de la fecha de entrega de la unidad.
ATV —cuatriciclos—, tricargos y vehículos OFF ROAD:
Cuentan con una garantía de 6 meses sin límite de kilometraje, a partir de la fecha de entrega de la unidad.
La presente garantía comprende dos períodos y regímenes diferenciados: la Garantía Legal y la Garantía Contractual.
Garantía Legal:
Durante los primeros seis (6) meses desde la fecha de entrega de la unidad al sujeto comprendido en la Ley 24.240, la garantía será otorgada en los términos del Artículo 11 de dicha ley, con más las condiciones establecidas en la presente garantía y con las exclusiones previstas en el punto 4.1.
Garantía Contractual:
Para los sujetos comprendidos en la Ley 24.240, la Garantía Contractual comenzará a regir una vez vencido el período de Garantía Legal y se extenderá hasta completar el plazo o kilometraje total correspondiente, según la fecha de venta y el tipo de unidad.
Para aquellos sujetos no comprendidos en la Ley 24.240, la Garantía Contractual regirá desde la fecha de entrega de la unidad y hasta el vencimiento del plazo o kilometraje establecido para cada caso.
3.4. Elementos excluidos: No se incluyen en la GARANTÍA la reposición y recambio de aquellos componentes y/o accesorios cuya duración habitual pueda ser inferior al plazo de GARANTÍA y/o desgastarse con su uso, tales como las lámparas eléctricas, los neumáticos. Tampoco se incluyen aquellos accesorios que hayan sido reemplazados y no sean los que salieron de fábrica con el vehículo, tales como batería, neumáticos, etc.
3.5. Exclusión por la causa del daño: Queda EXCLUIDO DE LA GARANTÍA cualquier daño que no se origine en un defecto de fabricación o que provenga de golpes, choques, rayaduras, caídas, maltrato, o cualquier otro acto que provoque el deterioro o rotura del vehículo o sus piezas.
3.6. Ámbito Territorial: La presente GARANTÍA se limita al territorio de la República Argentina, desde que el vehículo es vendido exclusivamente para su utilización dentro este. Si el propietario lo trasladara fuera del país se entiende que lo hace por su cuenta y riesgo, por lo que, para reclamar la GARANTÍA deberá previamente trasladarlo, a su costo, a la República Argentina.
3.7. Limitaciones: Esta GARANTÍA no será aplicable ni incluye reparaciones o reemplazos requeridos como resultado de accidentes, mal uso o negligencia, falta de mantenimiento correcto, utilización de partes de reemplazo inapropiadas o instaladas incorrectamente, uso de repuestos o accesorios no conformes a las especificaciones de LA EMILIA S.A., alteraciones o modificaciones no aprobadas por escrito por LA EMILIA S.A., desgaste o deterioro ocasionado el uso normal del vehículo y el paso del tiempo.
3.8. Transporte: Esta garantía no incluye compensación o transporte de la unidad hasta o desde el CONCESIONARIO, ni compensación por inconvenientes o imposibilidad de uso (lucro cesante). Mientras la unidad se encuentre en reparación, LA EMILIA S.A. no será responsable directo o indirecto por ningún gasto, pérdida o daño ocasionado por no haber podido utilizar el vehículo. Ello con la única excepción de lo que expresamente se dispone en las condiciones específicas de la GARANTÍA LEGAL.
3.9. Necesidad de Reparaciones Excluidas de Garantía: LA EMILIA S.A. condicionará el cumplimiento de LA GARANTÍA a que previamente se efectúen, en TALLERES OFICIALES y con repuestos originales, las reparaciones que el vehículo requiera y que no se encuentren alcanzadas por la misma.
4.2. Transporte. Exclusivamente durante la GARANTÍA LEGAL y condicionado a la vigencia y aplicación de esta, LA EMILIA S.A. a través del CONCESIONARIO OFICIAL se hará responsable del costo de transporte de los vehículos que no estén en condiciones de circular por la vía pública, desde el domicilio que figure en la factura como domicilio del comprador hasta el taller oficial más cercano o aquel que indique LA EMILIA S.A. como el más apto para resolver el desperfecto verificado.
4.3. Supuesto de imposibilidad de reparar (art. 17 ley 24240): Exclusivamente durante la vigencia de la GARANTÍA LEGAL, LA EMILIA S.A. asume la obligación que deriva del Art. 17 de la Ley 24.240 solo si fuese imposible reparar el vehículo de modo tal que el mismo reúna las condiciones óptimas para cumplir con el uso al que está destinado. En este sentido, el consumidor y/o usuario que acredite ser titular registral del vehículo podrá elegir entre:
a) Solicitar la sustitución de este por otro nuevo de idénticas características. Para ello deberá restituir el vehículo anterior con la documentación al día que permita transferir su dominio a favor del CONSECIONARIO o a quien este indique. LA EMILIA S.A. podrá entregar un vehículo idéntico o, de haberse dejado de producir, el similar que lo reemplace.
b) Obtener la restitución de lo pagado, al valor del vehículo en el momento que se haya formulado el reclamo. Para ello deberá restituir el vehículo anterior con la documentación al día que permita transferir su dominio a favor del CONSECIONARIO o quien este indique. El pago será efectuado dentro de los treinta (30) días de recibido el vehículo y documentación completa cuya autenticidad y suficiencia verificará LA EMILIA S.A.
c) Pedir una quita proporcional en el precio, reteniendo el consumidor y/o usuario propietario el vehículo para sí. Tal quita quedará a consideración de LA EMILIA S.A. quien podrá negarse a efectuarla. En caso de negativa de LA EMILIA S.A. o la no conformidad del consumidor o usuario con el importe, quedará a este último elegir entre las alternativas a) y b) anteriores, o bien desistir del reclamo.
4.4. Prolongación del plazo de garantía. El plazo de seis (6) meses de duración de la GARANTÍA LEGAL se suspenderá mientras el vehículo se encuentre en un TALLER OFICIAL o en fábrica en el marco de la reparación de un desperfecto incluido en la GARANTÍA LEGAL. El plazo de esta se reanudará automáticamente el día que el vehículo sea restituido al consumidor o usuario.
4.5. Transferencia de la garantía. La transferencia de la GARANTÍA LEGAL a posteriores compradores solo será válida si se cumplen las siguientes condiciones:
a) Que el vehículo aún se encuentre en plazo de GARANTÍA LEGAL, que el adquirente original se presente en un TALLER OFICIAL y someta el vehículo a una revisión general, cuyo costo quedará a cargo del titular del vehículo.
b) Que el adquirente original exhiba la factura de compra y la constancia de haber realizado los servicios de mantenimiento preventivo en tiempo y forma.
c) Verificado el normal funcionamiento del vehículo, el TALLER OFICIAL intervendrá el manual del vehículo y la factura de compra original indicando los datos del nuevo adquirente, incluido su domicilio, y obteniendo al pie la firma del adquirente original.
d) Se entregará al nuevo adquirente el manual del servicio y la factura de compra original. De no cumplirse con tales recaudos LA EMILIA S.A. no reconocerá la GARANTÍA en otra persona que no sea el adquirente original. Se entiende por transferencia de la garantía la transmisión al nuevo adquirente de la GARANTIA LEGAL en los mismos términos que la misma tenía para el adquirente original y exclusivamente por el plazo que reste a la misma.
5.4. Intransferibilidad. La presente GARANTÍA CONTRACTUAL es dada particularmente al adquirente original, resultando intransferible. Sin perjuicio de ello, y cumpliendo con las condiciones previstas en el punto 4.5. podrá, excepcionalmente, LA EMILIA S.A. aceptar dicha transferencia, lo que requerirá la intervención expresa y por escrito de LA EMILIA S.A. en los documentos mencionados en el punto 4.5.